Síganos:

Traslado en el programa de Formación Inicial del Docente

  • MDM

Descripción general

Es el proceso mediante el cual el estudiante solicita el cambio a otro Programa de Estudios de la EESPP Marcos Durán Martel (traslado interno) o en otra EESP o institución de educación superior (traslado externo).

Para solicitar el traslado, el estudiante debe haber concluido y aprobado por lo menos el primer ciclo académico en la EESPP Marcos Durán Martel o institución de educación superior de procedencia y debe existir vacante disponible en el PE de destino. La solicitud de traslado debe realizarse antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente.

Consideraciones Generales

El Jefe de Unidad Académica de la EESPP Marcos Durán Martel debe conformar una comisión encargada de evaluar el expediente presentado y de emitir el informe respectivo.

El traslado externo procede cuando el estudiante solicita el cambio a otro Programa de Estudios o al mismo Programa de Estudios en otra EESP o institución de educación superior.

El traslado se concreta formalmente mediante la resolución directoral de aprobación, la cual debe ser emitida y registrada previo a la finalización del proceso de matrícula.

Asimismo, se sujeta al proceso de convalidación establecido en los Lineamientos Académicos Generales para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas cuando corresponda.

En caso de cambio de Programa de Estudios, la referida comisión deberá elaborar el informe de acuerdo a las consideraciones para la convalidación señalados en los Lineamientos Académicos Generales para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas .

Requisitos

  • Solicitud de traslado dirigida al Director General de la EESPP Marcos Durán Martel (presentado antes de culminado el proceso de matrícula correspondiente)
  • Certificado de estudios del IES o EES de procedencia, en caso del traslado externo.

Traslado en programas de Segunda Especialidad y de Profesionalización Docente

El traslado externo aplica al Programa de Segunda Especialidad y Programa de Profesionalización Docente, en cuanto corresponda. Su regulación toma como referencia lo señalado en la Ley N° 30512, su reglamento y los Lineamientos Académicos Generales para las Escuelas de Educación Superior Pedagógica públicas y privadas, así como lo establecido en el Reglamento Institucional de la EESP.

La gestión, el registro y reporte de la información correspondiente al traslado se efectúan en el conforme a las disposiciones establecidas por el Minedu.